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Habrá cambios en los plazos de la devolución del iva

A quienes se han pasado al régimen general no les será devuelto dicho impuesto hasta finales del presente año

La rebaja o eliminación del IVA de algunos alimentos va a repercutir en los productores, especialmente en lo que se refiere al procedimiento para la devolución de dicho impuesto. Asi, a aquellos agricultores y ganaderos que se han pasado en 2023 del régimen especial al general deberán realizar un inventario sobre todos aquellos productos generados, pero que no se han vendido o usado, puesto que tienen derecho a la compensación y de la que no será devuelto el IVA hasta finales de año.

Con anterioridad, los productores repercutían el IVA devengado a sus clientes y soportaban el IVA de las compras, ingresando la diferencia entre ambos. Ante la nueva situación, al repercutir IVA al 0% pero frente a sus proveedores mantener el IVA habitual no podrán compensar este hasta finales de año.

De manera que aunque las liquidaciones del IVA se llevarán a cabo trimestralmente como norma general y modelo general, solo podrán solicitar la devolución del saldo que tengan a su favor al término del último año.