1976tik nekazaritzaren eta abeltzaintzaren balioak defendatzen
Vitoria-Gasteiz
www.uaga.eus
Tolosa
Iruñea
Azpeitia
Tutera
Elizondo
Lizarra
Nekazaritza
Berriak EHNE
AZKENAK NEKAZARITZA
Las CCAA pueden aprobar las solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2022.

Afecta a la reestructuración y reconversión de viñedo

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el Decreto 112/2022, de 8 de febrero de 2022, que modifica el anterior Decreto, para la aplicación de las medidas del Programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

La modificación tiene dos objetivos: por un lado, realizar una mejora que facilite la gestión de las medidas de destilación de subproductos, reestructuración y reconversión de viñedo e inversiones en bodegas; y, por otro, adaptar el contenido de algunas disposiciones adicionales a la regulación contemplada en la normativa europea.

La modificación más importante tiene que ver con los plazos referentes a la medida de reestructuración y reconversión de viñedo para 2022. El plazo para que las Comunidades Autónomas aprueben las solicitudes de ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos de la convocatoria 2022 finaliza el 31 de diciembre de 2022. No obstante, lo establecido en los artículos 36 y 45.6, en el último ejercicio del Programa, las operaciones deberán estar finalizadas, y solicitado su pago, en el plazo que establezca la Comunidad autónoma, siempre que no sobrepase el 31 de julio de 2023, debiendo ser pagadas antes del 16 de octubre de 2023.

Las operaciones que no hayan finalizado antes del 31 de julio de 2023, pero a 15 de octubre de 2023 hayan sido ejecutadas, en al menos el 30% de su presupuesto aprobado o modificado, deberán ejecutarse totalmente y solicitar su pago en el plazo que establezca la Comunidad Autónoma que no sobrepase el 31 de julio de 2024, y deberán pagarse en un plazo máximo de doce meses desde la presentación de la solicitud de pago válida y completa.

En los casos mencionados en el párrafo anterior, las comunidades autónomas deberán comprobar, como muy tarde el 15 de octubre de 2023, que las operaciones se están ejecutando, y que se ha gastado más del 30% de su presupuesto inicialmente aprobado o modificado. En caso de no cumplirse dicho porcentaje de gasto no se pagará ninguna ayuda.