Las inversiones deben realizarse a lo largo del año 2022
El Gobierno Vasco ha publicado la Orden de Ayudas destinadas a la creación, adaptación o equipamiento de inmuebles destinados a alojar a personas temporeras de carácter agrario. Se pueden acoger a las ayudas las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, pública o privada. En el caso de personas físicas o jurídicas privadas deben ser titulares o cotitulares de una explotación agraria.
La ejecución de las inversiones y gastos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022. El plazo de presentación de solicitudes finalizará con el agotamiento de fondos y en todo caso el 15 de noviembre.
La partida económica total incluida en esta convocatoria es de 80.000 euros y la cuantía máxima que puede recibir cada solicitud es de 20.000 euros.
Las solicitudes se pueden presentar tanto de forma presencial como electrónica, en el caso de las personas físicas. Las personas jurídicas deben presentarlo obligatoriamente por medios electrónicos.